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Por: Lisa Trujillo Laguna

A finales de marzo, el consejero presidencial para la Estabilización y Consolidación, Emilio Archila, le pidió a la Corte Constitucional levantar el Estado de Cosas Inconstitucionales gracias a un informe del Ministerio Público. Definitivamente la Defensoría del Pueblo está floja con los excombatientes.

El contexto

Después de la firma del acuerdo de paz en 2016, la seguridad para los excombatientes ha sido un tema coyuntural. A la fecha han sido asesinados 313 hombres y mujeres que decidieron apostarle a la reincorporación y otras formas de vida política.
A pesar de que el Gobierno Nacional, presenta “altas” cifras de inversión para el cumplimiento de lo pactado en la Habana, la comunidad excombatiente, organizaciones nacionales e internacionales, han manifestado su preocupación por la falta de garantías para la vida.

¿Cómo podría avanzar el proceso de reincorporación con un genocidio en marcha?

Después de 6 años la Corte Constitucional recibió la cantidad de tutelas suficientes, presentadas por firmantes del acuerdo donde exigían la protección de sus vidas, ya que han sido blanco de amenazas, estigmatización y asesinatos por parte de estructuras armadas al margen de la ley, pero también de las Fuerzas “legitimas” del Estado.
Por eso la Corte en la Sentencia SU-020 de 2022, declaró el Estado de Cosas Inconstitucionales (ECI), ante la grave situación de vulneración masiva y recurrente frente al incumplimiento del punto 3.4 del acuerdo final de paz.

¿Qué tiene que ver la Defensoría del Pueblo en todo esto?

“El Defensor del Pueblo ejercerá sus funciones de manera autónoma. Será elegido por Cámara de Representantes para un periodo institucional de cuatro años, de terna elaborada por el presidente de la República”. Artículo 281 de la constitución Política.

Funciones del Defensor del Pueblo de Interés:

1. Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.

2. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.

3. Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones

4. Impartir los lineamientos para adelantar estrategias y acciones que se requieran para garantizar   los derechos de los sujetos de especial protección constitucional.

 5. Demandar, impugnar, insistir o defender ante la Corte Constitucional, de oficio o solicitud de   cualquier persona, normas relacionadas con los Derechos Humanos.

“La finalidad del ente defensorial es la protección de los derechos humanos y de las libertades de todas las personas frente a actos, amenazas o acciones ilegales, injustas, irrazonables, negligentes o arbitrarias de cualquier autoridad o de los particulares. La Defensoría del Pueblo se constituye, entonces, como el organismo tutelar de los derechos y garantías de los habitantes del territorio nacional como de los colombianos residentes en el exterior”

Pareciera de gran valor la labor de la Defensoría del pueblo, y claro que lo tiene, solamente que no puede sancionar, no tiene un poder coactivo. Al contrario, tiene un poder simbólico, ya que a través de los informes, denuncias y actuaciones generan credibilidad, por la supuesta rigurosidad y enfoque en la protección de los Derechos Humanos.
Esta forma de poder que supone la ejecución de sus recomendaciones, por el peso y respeto hacia la información que brinda se llama Magistratura Moral.
Es por eso que, Emilio Archila no sólo pidió levantar el Estado de Cosas Inconstitucionales, sino que aseguró, con el respaldo del Defensor del Pueblo Carlos Camargo, que la situación de seguridad de los excombatientes no es tan grave y que el Gobierno de Iván Duque le está cumpliendo a la paz, ya que este proceso de reincorporación es el de menos muertos por cada mil habitantes en la historia del país.
El informe al que hace referencia Emilio Archila, fue presentado ante la JEP el pasado 14 de marzo, a través del comunicado 299 de la Defensoría del Pueblo. Dicho informe es inconsecuente con las declaraciones de Carlos Camargo en el 2021, quien, en pleno Día Internacional de la Conmemoración de los Derechos Humanos, alertó de manera pública su preocupación por la seguridad de los excombatientes, la cual calificó en alto riesgo.
Esto se dio después de sacar 86 alertas tempranas sobre el mismo tema desde el 2018 a la actualidad. Este alto riesgo está o estaba – según la Defensoría del Pueblo – ubicado en 131 municipios en 23 departamentos del país. De hecho, el riesgo también enmarcaba la situación sobre las masacres, exterminio y persecución no sólo a los líderes sociales, sino que también a los tejidos de base el movimiento social en general.
Vale la pena recordar que la JEP advirtió en 2020 que, con respecto a los niveles de inseguridad para las garantías de vida, para el 2024 habría 1600 firmantes del acuerdo asesinados. También podemos mencionar que la Misión de Verificación de la ONU, encargada de monitorear el acuerdo, ya se había pronunciado en 2021 resaltando que “La principal amenaza para la implementación del acuerdo sigue siendo la persistencia de la violencia contra miles de hombres y mujeres que dejaron las armas voluntariamente y de buena fe”
Durante la presentación a la JEP, Carlos Camargo dijo que las metas más importantes dentro del análisis del informe era garantizar la seguridad de los 12.843 excombatientes que están reincorporándose a la vida civil, pero dentro de sus recomendaciones sólo respaldó el fortalecimiento de la Fuerza Pública para atender los casos de seguridad, omitiendo las exigencias de la población excombatiente que ha declarado insuficientes “los esfuerzos” del Gobierno Nacional frente a los hechos violentos que hoy dejan un saldo de 312 firmantes asesinados.

¿Cómo confiar en una Defensoría del Pueblo que cambió de opinión en menos de 6 meses?

Sobre el informe

Allí la Defensoría del Pueblo resalta los siguientes resultados en materia de cumplimiento financiero, pero no es específica en el seguimiento a los recursos y su impacto en beneficio de la paz.
– Mantenimiento de la administración de las Antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y   Reincorporación AETCR por 22.59 millones de dólares.

– Suministro de alimentos por 7.2 millones de dólares.

– Definir rutas con el objetivo de garantizar la sostenibilidad económica por 4.2 millones de dólares.

– Renta básica por 128.21 millones de dólares.

– Aumento en un 270% del rubro para la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la   Unidad Nacional de Protección, y la Mesa Técnica de Seguridad y Protección. En 2018 el rubro   destinado fue de casi 20 millones de dólares, para el 2022 será demás de 52 millones de dólares.  De   2018 al año vigente se han invertido por lo menos 172 millones de dólares dentro del presupuesto   de la UNP.

Cabe resaltar que sólo el presupuesto de la subdirección está debidamente anotado por años, lo que sugiere que los rubros de mantenimiento y apoyo económico son el total de estos 6 años del acuerdo de paz.
Según el informe, la UNP ha recibido 2.281 solicitudes de protección de población excombatiente, de las cuales han atendido la emergencia con 1.119 medidas de protección individuales y 165 medidas colectivas. Las medidas van desde la entrega de botones de apoyo, medios de comunicación, chalecos antibalas, vehículos de transporte, compañía de agentes, hasta esquemas implementados de seguridad, todo depende de la evaluación del riesgo denunciado. En manos de la UNP han asesinado a 6 personas excombatientes.
A pesar de que Emilio Archila señala que todo va mejor, y que la Defensoría del Pueblo asegura que “las autoridades han desplegado las acciones y estrategias” para la seguridad de los firmantes y sus familias, el informe también señala que, los mismos excombatientes han denunciado la demoras de la UNP en los procesos para realizar los estudios de riesgo.
Según la población en proceso de reincorporación, lo más grave es que en las zonas donde más agudo es el conflicto, más se demora la UNP en asignar o rechazar las solicitudes de seguridad, y cuando asigna medidas o son insuficientes, o no corresponden al contexto territorial.
Además, se denuncia que algunos funcionarios públicos se demoran a propósito, e incluso se han atrevido a poner en tela de juicio las amenazas que los excombatientes han presentado. Según la Defensoría del Pueblo ésta situación es resultado de la estigmatización alrededor de las y los firmantes, o que simplemente algunos se están haciendo desplazar por asumir el proceso de reincorporación de manera individual, ya que sólo el 18% se encuentra en una AETCR.
Sobre la acción Judicial el informe resalta que, de los 285 homicidios identificados a la fecha del documento, la Fiscalía General de la Nación expidió ordenes de captura para 51 casos, 22 están en investigación, 50 en etapa de juicio, y 34 ya tienen sentencia condenatoria. Señalando además que en el 80% de los casos tienen un responsable relacionado con grupos al margen de la ley.
En la misma línea de la Política de Paz con Legalidad de Iván Duque, la Defensoría del Pueblo recomendó que se fortalezcan las medidas de seguridad de los excombatientes, para ello habría que desmantelar las estructuras criminales al margen de la ley, ajustar medidas de protección de la UNP, fortalecer las fuerzas Armadas que protegen los AETCR – donde sólo está el 18% de la población- y fortalecer aún más la inteligencia de la policía para ir en contra de las estructuras Grupos Armados Organizados Residuales (GAOR).
Esto en concreto sería la solución desde la visión de la Defensoría del Pueblo, y por ello la Corte Constitucional debería anular el fallo contra “el bajo nivel de implementación del componente de garantías de seguridad de la población firmante en el transito a la vida civil”.

Pareciera que la Defensoría del Pueblo tiene razón ¿no?

Pero la verdad es que, mientras que en las zonas donde se vive el conflicto no haya una presencia real y eficaz del Estado, la situación de alto riesgo seguirá vigente para los excombatientes, quienes además denuncian que la mayoría de su sustento económico viene de la informalidad, ya que la estigmatización en la sociedad aún es muy grande contra los reincorporados.
Hay que decir que ninguna de las medidas será suficiente hasta que la garantía de los Derechos Humanos y fundamentales sea de goce para todas, todes y todos en Colombia. Y que la seguridad no puede ser vista sólo desde el ámbito militar, ya que la misma Fuerza Pública ha dejado claro en estas últimas semanas que la protección a la población civil no es su principal objetivo y que claramente no está dentro de sus intereses, los excombatientes son y siempre serán el enemigo interno de los informados, que no ven otra cosa que un grupo de individuos en busca de “la desestabilización nacional”.
La Defensoría del Pueblo no ha sido entonces la garante de los derechos de los excombatientes, al contrario, se ha sumado al discurso de “seguridad” que ha existido históricamente en el país, omitiendo las denuncias de los reincorporados en los territorios. Carlos Camargo y Emilio Archila no sólo han atentado contra el acuerdo de paz, sino que acabaron con la credibilidad de la Defensoría del Pueblo, institución que ha limitado sus funciones a las recomendaciones en el aire de cada alerta temprana, sin ocupar su peso constitucional en la garantía y protección de los derechos en Colombia.

¿Qué podrían esperar las víctimas de las masacres sólo de este año? ¿Cómo van a acercarse las víctimas de la violencia policial a la Defensoría del Pueblo?

Si no es la Defensoría del Pueblo quien haga valer su peso desde la magistratura moral para la protección de los Derechos Humanos ¿Quién lo hará desde las ramas del poder público del Estado?
Son las preguntas que verdaderamente no dejan dormir en un país que está en #EmergenciaHumanitaria.

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